Don Antonio F. Delgado González y Don Daniel Reina Torres, Sociosr del Bufete ha publicado en la revista Aranzadi «Quincena Fiscal» el artículo titulado «El devengo del IVA en la entrega de bienes» en el cual analiza como la entrega que exige la Ley del IVA para que se produzca el devengo en la entrada de bienes no es la entrega exigida por el Código Civil para que se produzca la transmisión del dominio. Se trata de una entrega que, confiriendo el derecho de goce, permite al adquirente actuar con el bien objeto de la misma como si fuera dueño de ella o más exactamente para ser dueño de ella en un futuro más o menos inmediato. Llegando a la consumación del contrato con la transmisión del dominio.
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