Es posible la aportación de documentos o pruebas que no fueron aportados por el contribuyente en la vía de gestión o de inspección. Estas pruebas fueron aportadas por el contribuyente ante el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), el cual omitió cualquier valoración sobre las mismas.
El Alto Tribunal en una sentencia de finales del año pasado ordena a la Audiencia Nacional, que confirmó el criterio del TEAC, que analice las pruebas aportadas.
Por tanto, damos la bienvenida a este pronunciamiento.
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