Eso es lo que concluye el TEAC en una reciente Resolución de septiembre de este año.
El modelo 347 no tiene efectos para el cómputo del plazo de prescripción del IVA sino la última declaración trimestral, mensual, presentada, al ser el citado modelo una declaración informativa, que ayuda a la gestión del Impuesto pero de la cual no se deriva ingreso alguno.
Por tanto, damos la bienvenida a esta Resolución que trae seguridad jurídica.
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