Damos cuenta a continuación de una reciente Resolución de la Dirección General de Tributos de la que hemos tenido conocimiento.
El agraciado en un sorteo de la ONCE en el año 2004 con la obtención un premio que se abonaría durante 30 años no tendrá que tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por las cantidades que se perciban a partir del 2013, a pesar de que desde el 1 de enero del mismo se suprimió la exención de la que gozaban los premios de las loterías y apuestas organizadas por la entidad pública Loterías y Apuestas del Estado, para tributar a un tipo especial y único del 20% sobre el exceso de 2.500 Euros, importe exento de tributación en todo caso.
En Sevilla a 6 de septiembre de 2013
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados
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