Si Ud. tiene el próximo día 22 la alegría de tener un boleto premiado en el sorteo extraordinario de Navidad, organizado por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, sepa que hasta 40.000 Euros del importe de su premio estarían exentos en el IRPF. No tiene que incluirlos en su declaración de IRPF a presentar en el próximo año. No tiene que hacer nada, «simplemente, gastarlos»
Si el décimo es compartido o se han realizado participaciones sobre el mismo, los 40.000 Euros exentos se prorratearán en proporción a la cuota de titularidad de cada acertante.
Si Ud. es mas que afortunado y su premio es superior a 40.000 Euros, pagará un 20% por el exceso. Este porcentaje será descontado cuando la Sociedad Estatal de Loterías le abone su premio.
No tendrá que incluir nada en su declaración de IRPF a presentar. No tendrá nada más que hacer, sino «disfrutarlo»
Buena suerte!!!
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
Economista. Socio Bufete Delgado-Laemt&Asociados
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