Así es. La Audiencia Nacional en Sentencia de 26 de julio de 2012 ha fallado a favor de la Agencia Tributaria. El Corte Inglés tendrá que entregar al Equipo Central de Información del Departamento de Inspección de la Agencia Tributaria,  los datos de los titulares de la tarjeta del El Corte Inglés que hayan realizado pagos a través de la misma por un importe superior a 30.000 Euros.

El Corte Inglés recurrió el requerimiento de información recibido apoyándose en la falta de individualización del mismo en cuanto a las personas afectadas, las operaciones incluidas y en una ausencia de motivación, no apareciendo justificación alguna sobre la trascendencia tributaria.

 

La Audiencia Nacional, cambia de criterio, apoyándose en la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 2011, obligando al Corte Inglés a facilitar la información solicitada.

En Sevilla octubre de 2012

Fdo. Antonio M. Puntas Prado

Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados