Tres recientes sentencias del Tribunal Supremo( 2019-2020-2021)han puesto coto a las visitas sorpresas de la Inspección en la sede de las empresas.
A pesar de ello, el Gobierno, en la nueva Ley de medidas contra el fraude fiscal, de mediados del 2021, contempla lo contrario. Es decir, se permite la entrada de la Inspección en el domicilio de la empresa, sin antes incluso haberse iniciado la comprobación tributaria formalmente.
El Tribunal Constitucional declarará inconstitucional estas entradas sorpresas en domicilio, al utilizar para acotar el criterio del Alto Tribunal, una norma ordinaria y no a través de una Ley Orgánica.
Tiempo al tiempo….
Sevilla a 15 de octubre de 2021.
Fdo.Antonio M. Puntas Prado
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