Así es. Ya habíamos informado en anteriores publicaciones en este blog de la denuncia de la Unión Europea ante el Tribunal de Justicia contra España por dos aspectos del famoso modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero, por restringir la libertad de movimiento de capitales. En concreto el régimen sancionador, totalmente desproporcionado y la imprescriptibilidad de la calificación como ganancia patrimonial no justificada como resultado de la no presentación del citado modelo.
La sentencia de 27 de febrero de 2022 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene efectos ex tunc, por lo que se abre la posibilidad de reclamación y solicitud de devolución de las sanciones impuestas y abonadas o de las liquidaciones de IRPF/I. Sociedades dictadas por la Inspección, dependiendo de cada caso.
Sevilla a 28 de Enero de 2022
Fdo.- Antonio M. Puntas Prado
Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados
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