Magnífica noticia :
La Ley 25/2015 conocida como «Ley de Segunda Oportunidad» por el perdón definitivo de deudas impagadas contraídas por pequeños empresarios, autónomos, profesionales, no recoge expresamente la posibilidad de que las deudas públicas( Hacienda y Seguridad Social, por ejemplo) puedan acogerse al mecanismo de liberación establecido.
No obstante, desde la sentencia del Tribunal Supremo del año 2019, que fue un revulsivo, admitiendo la posibilidad de que las deudas con Hacienda o la Seguridad Social puedan entrar dentro del mecanismo de liberación y perdón de deudas, se han pronunciado otros tribunales de Madrid, Barcelona, Albacete, Murcia, Jaén, Benidorm, Orihuela, sobre la plena aplicación de la exoneración de las deudas a través del mecanismo establecido en la Ley de Segunda Oportunidad , para aquellos empresarios o autónomos que contrajeron deudas con la Hacienda Pública y la Seguridad Social .
La segunda oportunidad es posible para rectificar los errores empresariales!!!!
Sevilla a 17 de noviembre de 2021
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados
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