A riesgo de parecer, por el bizarro título del post,  que instauramos el viernes como día del humor, lo cierto es que la noticia que leemos en Diario de Sevilla es bastante más seria de lo que en principio parece encierra su título.

La sentencia dictada por un Juzgado de Violencia a la mujer de Sevilla ha sacado a la luz muchos de los problemas que se encuentran los jueces en los procesos de divorcio.

Y es que no solo se ha utilizado a los hijos, en este caso, como «arma arojadiza» contra una de las partes, acusando falsamente que eran objeto de malos tratos, si no que además se ha demostrado que la parte denunciante no permitía el cumplimiento del régimen de visitas solicitado por el otro cónyuge, lo que ha llevado a la juez a establecer un riguroso calendario estableciendo los periodos que los menores (de 5 y 11 años) han de pasar concada progenitor, incluidos el periodo vacacional de la Semana Santa, lo que ha llevado a la juez a manifestar en autos que:

«Ambos progenitores respetarán el deseo de los hijos de tomar parte en las estaciones de penitencia de las hermandades a las que pertenecen»

Endendemos que con independencia de a quien le corresponda la custodia de los menores en ese momento.

Y es que en un proceso de divorcio, cuando hay hijos de por medio, lo recomendable es siempre dejarlos al margen de los problemas personales que surjan entre los miembros de la pareja, que ya bastante sufren ellos en silencio al presenciar la ruptura de la misma y por supuesto no utilizarlos nunca en contra de ninguna de las partes y mucho menos con denuncias falsas.

Rafael Lamet Moya