Son las empresas las obligadas a acreditar la exención en el IRPF de las dietas abonadas a sus trabajadores por los desplazamientos y no éstos como ha venido requiriendo de forma masiva la Agencia Tributaria.
Hacienda debe dirigirse a las empresas y no a los empleados, para solicitar la documentación acreditativa de la exención en las dietas por estos percibidas, en sus IRPF.
Así se pronuncia el Tribunal Supremo en sentencia de enero de 2020.
Buena Sentencia, “que parará los pies” a la Agencia Tributaria.
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