El bono joven del alquiler de vivienda, recientemente aprobado por el Gobierno, para el año 2022, tributará, si nada cambia, en el IRPF de los jóvenes ilusos que lo perciban como ganancia patrimonial y en la base imponible general , donde se aplicará la escala general del Impuesto, si la ayuda percibida durante el año es superior a 1.000 Euros.
Dado que el bono es de 250 Euros mensuales, determinará la obligación de presentar declaración de IRPF, cuando en la mayoría de los casos, por las rentas obtenidas, no tendrían obligación. AL tener que incluir todas las rentas obtenidas en el año, dada la obligación de presentar declaración, determinará un coste en el IRPF que podría ser incluso superior al importe de la ayuda percibida.
Esto no lo publicita el Gobierno…..
Ver para creer.
Sevilla a 21 de enero de 2022.
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
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