El asesor fiscal no responde de la sanción impuesta a su cliente por la Agencia Tributaria, al no declarar éste, todos los ingresos y que fueron descubiertos por la Inspección.

El cliente ejercitó una acción de responsabilidad profesional contra su asesor fiscal alegando un defectuoso asesoramiento contable .

La Audiencia Provincial de Zaragoza en una reciente sentencia de finales del año pasado concluye que “el asesor fiscal no puede ser un auditor especialmente exigente en la determinación de los datos que han de aportarse a la Hacienda Pública, sino que debe reflejar los datos que el asesorado le facilita, sin fiscalizar sus ingresos y gastos”.

Sevilla a 26 de marzo de 2021.

Fdo. Antonio M. Puntas

Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados