1.- «La Agencia Tributaria cosechó el año pasado una cifra record de recaudación en su cruzada contra el fraude fiscal».
(El País, martes 17 de febrero de 2015)
¿Recaudó o liquidó? ¿Todas las liquidaciones han sido aceptadas? ¿De no serlo y ser recurridas habrá liquidaciones que, en todo o en parte, sean anuladas? ¿Habrá liquidaciones que no sean recurridas por falta de medios para ello o por dudas en obtener la adecuada tutela en vía administrativa o judicial?
2.- El PP promete más medios a los instructores de macrocausas.
(El País 17 de febrero de 2015).
¿Sólo a estos? ¿No son necesarios en las demás instrucciones? ¿No es necesario, junto a los presuntos medios una mejor organización?
3.-Una iniciativa social refuerza el debate contra la corrupción con 99 propuestas.
(El País, martes 17 de febrero de 2015).
«La incoación de causa por corrupción supondrá la suspensión de militancia política». Es una de las propuestas a los partidos.
¿Saben los proponentes, todos ellos de alto nivel intelectual, que la presunción de inocencia es una de las claves de bóveda de nuestro ordenamiento jurídico?
4.- «Malestar en Hacienda con Montoro por el uso político de datos fiscales».
(El País, miércoles 11 de febrero de 2015).
Al Sr. Montoro le priva la eficacia y el marketing, tributario y político. Un Ministro de Hacienda parece que debiera prescindir de ciertas formas y actitudes.
5.-El Gobierno extiende las rebajas por «pronto pago» a todas las sanciones. (Expansión, viernes 30 de enero de 2015).
Las sanciones se convierten en instrumento de recaudación, dejan de ser sanciones y se convierten en un plus de tributación.
6.- Algo peor que el derecho penal.
(D. Ignacio González Vega. El País, 22 de diciembre de 2014.
El desbordamiento del derecho penal, con más tipos y penas mayores, encubre, frecuentemente, su uso político y la salida, en falso, de la solución de problemas que los políticos no pueden resolver.
7.- Monedero no aporta datos del trabajo ni del contrato por los que cobró 425.000 euros.
(El País, sábado 21 de febrero de 2015).
Circunscribámonos a las cuestiones tributarias. Si los servicios se prestaron (sic) antes de la constitución de la sociedad que los facturó, la sociedad no los pudo prestar. Es decir, la sociedad simuló que los prestó.
Aunque los prestara la sociedad el Sr. Monedero no valoró los servicios que prestó a la sociedad por su valor de mercado como exige la Ley del Impuesto de Sociedades. Esta omisión es una defraudación tributaria. La que el Sr. Monedero, a lo que parece, regularizó.
8.- Hacienda multó a Caja Madrid por uso ilegal de la cuenta de tarjetas «black».
(El País, sábado 21 de febrero de 2015).
El 36% de los pagos de los consejeros de la caja entre 2004 y 2006 no estaban relacionados con la actividad del organismo, según la Agencia Tributaria.
Por tanto, según la Agencia, el 64% de los pagos fueron lícitos porque fueron por cuenta y en beneficio de la Caja.
Pero si el 36% no estaba relacionado con la actividad, era retribución (en especie o dinero) de los consejeros que los hicieron y parece que ni a la Caja se le exigieron las correspondientes retenciones para ello ni a los consejeros se les exigió el correspondiente IRPF por los mismos.
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