Eso es lo que afirma en una muy importante sentencia de finales del año 2019 el Tribunal Supremo. Y, sobre todo, la conclusión que extrae relativa a los efectos de la utilización inadecuada del citado procedimiento (verificación de datos en lugar de la comprobación limitada) por parte del Órgano de gestión tributaria de la AEAT, esto es, la nulidad de pleno derecho de las actuaciones y la no interrupción del plazo de prescripción.

Conforme a todo ello, recomendamos que cuando se reciba una notificación de inicio de un procedimiento, se compruebe qué tipo de procedimiento es y su alcance.