Las ayudas dentro del programa Prepara, destinadas a la recualificación profesional de aquellas personas que han agotado su protección por desempleo, tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo personal, tal como ha considerado la Dirección General de Tributos en una reciente consulta vinculante de 17 de septiembre de 2013.
No obstante, la citada ayuda no tiene por que tributar de manera efectiva, conforme a las reglas del Impuesto, dado que habría que tener en cuenta las reducciones establecidas para los rendimientos del trabajo así como las correspondientes a los mínimos personales y familiares del contribuyente.
En cualquier caso recomendamos su inclusión en la declaración del Impuesto.
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