Eso es lo que viene a confirmar la Dirección General de Tributos en consulta vinculante de final del año 2017.
Las propinas que cualquier cliente otorgue a un empleado por una atención o servicio recibido, tributan en el Impuesto sobre Sociedades, en el IRPF y menos mal que no, por ahora, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Por tanto, tengan en cuesta este criterio de la Dirección General de Tributos cuando vayan a realizar un acto bondadoso.
Me viene a la cabeza la frase de Benjamin Franklin «No hay nada tan cierto en el mundo como la muerte y los impuestos«
Sevilla a 27 de de junio de 2018.
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
Economista. Socio. Bufete Delgado-Lamet&Asociados
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