Damos cuenta de una interesante Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) mediante la cual, se faculta a los órganos económico administrativos a declarar la prescripción del derecho de la Administración al cobro de la deuda, sin la necesidad de requerir a la misma, para que acredite la existencia de posibles actos que hayan podido interrumpir la prescripción y que no hubieran sido incluidos en el expediente administrativo.

Interesante y a la vez importante resolución del TEAC que fija criterio.