En una reciente e importante Sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto una cuestión que venía siendo un quebradero de cabeza para las familias empresarias. La siguiente :

Para aplicar la bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones no será necesario que los herederos( descendientes) titulen participación alguna en el capital social de la empresa en cuestión. En su lugar, con ser directivos, podrían aplicar la bonificación.

Por tanto, el heredero no tiene por que ser socio previamente para aplicar la bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones como concluye el Alto Tribunal.

Damos la bienvenida al fallo del Tribunal Supremo.