El mes de noviembre es el indicado por la Agencia Tributaria para que los contribuyentes que así lo deseen puedan modificar alguna de sus obligaciones tributarias, causar alta o baja en las mismas.

Así, podemos resumir:

  • La solicitud de inscripción o baja en el Registro de devolución mensual de IVA.
  • La opción o renuncia a la llevanza electrónica de los libros de registro de IVA.
  • La comunicación de la condición de revendedor de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.
  • La opción o renuncia de ingresas las cuotas del IVA a la importación liquidadas por la Aduana en la declaración de IVA.
  • La comunicación o renuncia al régimen especial de tributación por el IRNR, que adquieran su residencia fiscal en España por desplazarse a territorio español.

La mayoría de estas opciones se tienen que ejercitar a través del modelo de declaración censal 036.

Por tanto, contribuyentes, estén atentos a la fecha.