La web de la Asociación española de asesores fiscales(Aedaf) publica en su página web algunos de los requerimientos de obtención de información que está enviando la Agencia Tributaria. Damos cuenta de los más variopintos.
El más exótico, es un requerimiento de obtención de información que envío la Agencia Tributaria a un matrimonio recién casado en relación con la celebración de su boda. Así, les pregunta a los novios datos sobre la celebración del banquete( fecha, utilización de carpas, formas de pago, nombre de la persona a quién se extendieron las facturas), sobre el transporte( alquiler de coche nupcial, de autobús, empresa con la que se contrato el servicio y coste del mismo), sobre la fotografía(nombre del fotógrafo, precio, nombre de la persona a quién se extendió la factura, medios de pago), sobre el traje de boda(nombre y dirección del establecimiento donde se compró, precio, factura emitida, etc) y sobre las alianzas.
No es una broma, aunque así debieron pensarlo los novios, recién llegados de su luna de miel, al ver “la cartita” de Hacienda.
El segundo tipo de requerimiento que está enviando la Agencia Tributaria es a colegios privados en el que se solicita información acerca de quién paga el colegio de los chicos que estudian, los tipos de pagos realizados, a quién se expiden las facturas, etc.
Ante esta situación, no es baladí preguntarse dónde está el límite entre la obligación de suministrar información con trascendencia tributaria y el derecho a la protección de datos personales (Habeas data) o el derecho a la intimidad.
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados
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