Así es, tal como recoge el titular del diario económico Expansión en su edición del 21 de abril y que ya habíamos dado cuenta de ello en este blog.

La Comisión Europea considera que la obligación de declarar los bienes y derechos en el extranjero infringe el Derecho comunitario.

Los dos excesos desproporcionados que habíamos observado , la imprescriptibilidad de la ganancia patrimonial no justificada en el IRPF o Impuesto sobre Sociedades, según su caso, de la tenencia de bienes y derechos situados en el extranjero que no hubiesen sido objeto de información a través del modelo 720 y el alto tipo sancionador a la infracción tributaria , el 150% sobre la cantidad que correspondería pagar en el IRPF, son los supuestos que vulneran el Derecho comunitario y propondrá la Comisión Europea la incoación de un procedimiento de infracción al respecto