La Dirección General de Tributos incentiva a los estudiantes. En Resolución de 15 de Abril de 2008, considera exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el premio extraordinario de bachillerato obtenido por un estudiante, formado por una cantidad en dinero y la gratuidad de los gastos de matriculación en el primer curso de universidad. Considera Tributos que, al estar la concesión del premio basado en criterios de mérito y capacidad, se ha de equiparar el mismo a la obtención de una beca pública para cursar estudios, exenta en el Impuesto, conforme a lo establecido en el artículo 7. j) de la Ley de IRPF y su reglamento de desarrollo. En cualquier caso, no hay que olvidar que la exención tiene un límite general, actualmente en 3.000 Euros, aunque hay otros límites específicos, superiores. Por tanto, una buena Resolución.
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
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