Así será conforme a una reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Las operaciones de cirugía estética y tratamientos estéticos estarán exentas del IVA si suponen una asistencia sanitaria con finalidad terapéutica.

El criterio de la Agencia Tributaria hasta ahora era contrario a la Sentencia, al gravar por IVA las operaciones de cirugía estética.

Estarán exentas las operaciones de cirugía estética, si la finalidad de la intervención quirúrgica es tratar o curar enfermedades o problemas de salud. Valoración que no solo deberá contar con el criterio de la persona que se somete a ella sino también con una opinión médica cualificada.

En Sevilla, septiembre de 2013

 

Fdo. Antonio M. Puntas Prado 

   Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados