La Oficina Nacional de Investigación del Fraude requirió en el año 2008 a El Corte Inglés para que le enviara detalle de todos los titulares de su tarjeta que habían realizado compras superiores a 30.000 Euros durante los años 2006 y 2007.

El Corte Inglés se negó y recurrió. Ahora el Tribunal Supremo en una reciente Sentencia, ha dado la razón a Hacienda obligando a El Corte Inglés que identifique a los titulares que hayan efectuado pagos con la tarjeta de compra superiores a 30.000 Euros.

El derecho a la intimidad personal y al honor, alegatos de El Corte Inglés, ¿dónde quedan?