Interesante Resolución del TEAC en materia de notificaciones.

Un particular inició un procedimeinto ante la Administración Tributaria en el cual indicó expresamente el domicilio a efectos de notificaciones el citado procedimiento, distinto de su domicilio fiscal. La AEAT notificó por dos veces en el domicilio señalado en el expediente sin éxito alguno y procedió en consecuencia a la notificación por comparecencia.

El TEAC en recurso de alzada para la unificación de doctrina considera que a pesar de los dos intentos fallidos de las notificaciones en el domicilio indicado, antes de acudir a la notificación por comparecencia, es necesario agotar otras posibilidades por la Administración, concretamente acudir al domicilio fiscal del particular a través de las bases de datos de la Administración o la consulta del expediente.

Por tanto, buena Resolución