Desde esta líneas queremos expresar nuestra preocupación por la creciente inseguridad jurídica y el aumento de información a consignar en relación con la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2009. No nos parece acertado que sea obligatorio informar de las operaciones vinculadas en el modelo de declaración cuando a día de hoy no se ha aprobado las modificaciones al Reglamento del Impuesto que iban a introducir variaciones en el régimen de las operaciones vinculadas, en cuanto a las obligaciones de documentación de las sociedades. Máxime todo ello cuando la información sobre vinculación la puede obtener la Administración del cruce del modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del modelo 347. Tampoco nos parece acertado, como novedad en el Impuesto de Sociedades del 2009, que sobre ciertas deducciones aplicadas o generadas y ajustes(negativos, no los positivos) efectuados en la base imponible se tenga que dar mayor detalle e información en la propia declaración del Impuesto sobre Sociedades a través de un complejo método informático resultando cada vez más farragosa la cumplimentación de la declaración del Impuesto. Con el proceder de la Agencia, se está convirtiendo la presentación de una autodeclaración en una autoinspección propia del contribuyente. No es ese el camino que debe seguir Hacienda.
Sevilla, Julio de 2010.
Fdo. Antonio M. Puntas Prado
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