El Tribunal Supremo ha avalado la legalidad del Real Decreto por el que se implantó la obligatoriedad de notificar algunas resoluciones de la Agencia Tributaria por vía electrónica.

Frente a las tesis defendidas por la Asociación española de asesores fiscales y gestores tributarios, que recurrió el Real Decreto, “ el uso de internet es un derecho y no una obligación” así como los costes técnicos de la instalación a soportar por los contribuyentes, el Alto Tribunal considera que “ no se puede aceptar que se trate de un requisito técnico que pueda considerarse de imposible cumplimiento”.

 Por tanto, mala noticia este  Fallo del Alto Tribunal.

 

Fdo. Antonio M. Puntas Prado

Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados