Así lo recoge el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en Sentencia de 26 de febrero de 2015 .

«Las sociedades y entidades mercantiles se rigen y guían su comportamiento por el sentido económico de su actuación, pero las personas pueden obrar por otros motivos distintos de los puramente económicos«

Hacienda pretendía imputar un incremento de patrimonio no justificado a un matrimonio porque tenían en metálico 500.000 Euros en su casa y habían solicitado un préstamo hipotecario de 120.000 Euros para comprar una segunda vivienda.

El matrimonio sacó el dinero de sus cuentas 9 meses antes.

El inspector argumentaba que :

«Carece de sentido económico mantener en caja unas sumas tan elevadas durante más de nueve meses»

Y aquí es donde el fallo rechaza el argumento de Hacienda en base a lo arriba indicado.