Leemos en Jurisevilla que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha ratificado una sentencia previa del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia y ha sentenciado que una trabajadora que ya estaba embarazada en el momento de ser contratada por una empresa tiene derecho a percibir el cien por cien de la prestación por riesgo.

En un primer momento la mutua con la que la empresa tenía contratado sus servicios, estimó la petición de la trabajadora, si bien un mes más tarde denegó la prestación al comprobar en el certificado de sus servicios médicos que la trabajadora ya estaba embarazada cuando fue contratada. Para el TSJ:

«ninguna infracción de norma legal ni de jurisprudencia se produce con la sentencia que ha sido recurrida, ya que la norma lo que señala es que el riesgo por embarazo se produzca estando en alta o en situación asimilada a ella».

Rafael Lamet Moya