El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público ha introducido modificaciones que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

A continuación exponemos de manera breve las mismas.

A) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

  1. Se modifica la deducción fiscal por inversión en vivienda habitual eliminándose el límite de base imponible que existía para adquisiciones de vivienda habitual adquiridas a partir del 1 de enero de 2011. También se elimina dicho tope para las cantidades invertidas en adecuación de vivienda habitual para discapacitados.

  1. Con efectos 1 de enero de 2012 se introduce un recargo adicional en los tipos de gravamen aplicables para el cálculo de las cuotas del impuesto. Este recargo va desde el 0,75 al 7% en función de la base liquidable resultante.

  1. Con efectos 1 de enero de 2012 se elevan los porcentajes de retención del 19% al 21% , para los rendimientos del capital mobiliario, arrendamientos de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolsos en fondos de inversión y la retención del 35%  que se aplica para las retribuciones de administradores y miembros del consejo de administración se eleva al 42%.
  2. Se mantiene en 2012 la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.

B) Impuesto sobre Sociedades:

  1. Se ratifica la forma de determinar los pagos fraccionados del Impuesto aprobados por el anterior Ejecutivo.
  2. Se eleva desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013 el porcentaje de retención del 19 al 21 por ciento.
  3. Se establecen las actividades y programas prioritarios de mecenazgo incorporándose las donaciones y aportaciones vinculadas a la ejecución de los proyectos incluidos en el Plan Director de Recuperación del Patrimonio Cultural de Lorca.
  4. Mantenimiento del incremento del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades para grandes empresas.
  5. Se mantiene el tipo de gravamen reducido en el Impuesto sobre sociedades por mantenimiento o creación de empleo.

C) Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Se modifica para 2012 y 2013 elevándose el tipo general del 24% hasta el 24,75% y los tipos de gravamen existentes al 19% hasta el 21%.

D) Impuesto sobre el Valor Añadido.

Se establece el IVA reducido del 4%, para la adquisición de primera vivienda a partir de 2012.

E) Tributos locales

Para 2012 y 2013 en los inmuebles urbanos se produce un incremento del tipo impositivo del I.B.I que tiene en consideración el año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia total de valores del municipio.

En Sevilla a 10 de Enero de 2012

Fdo. Antonio M. Puntas Prado

Economista. Bufete Delgado-Lamet&Asociados