El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en una reciente sentencia ha anulado la sanción impuesta a un contribuyente el cual el único «pecado» que cometió fue confirmar el borrador de datos suministrados por la propia AEAT para confeccionar su declaración.
Posteriormente detectó la Agencia Tributaria que no había declarado una transmisión, la cual no venía en sus datos fiscales, y «como pájaro que vuela a la cazuela» impuesto también una sanción.
Pues el contribuyente ha tenido que llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia para que se le anulase la sanción impuesta argumentando que la Agencia Tributaria debe de motivar de forma mucho más intensa la existencia de un comportamiento culpable por parte del contribuyente, sin acudir a meras expresiones automatizadas sobre la culpa..
En todo caso, ahora que está terminado el plazo de declaración de IRPF, recomendamos revisar los datos fiscales para aquellos contribuyentes rezagados que aún no hayan presentado la declaración de IRPF.
En fin , todo vale para recaudar……
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