Varapalo del Tribunal Supremo a la voracidad recaudatoria de la Agencia Tributaria manifestada en la masiva imposición de sanciones tributarias.

La Sentencia de diciembre de 2017 recoge :

«la exigencia de motivación no se satisface con una larga exposición de hechos y resumen de alegatos, requiere un precioso , puntual y concreto análisis de la conducta del infractor…»

El mero quebrantamiento de la norma fiscal no implica la culpabilidad en el infractor, ni tan siquiera a título de negligencia. Es necesaria la presencia del elemento subjetivo en la culpabilidad, mediante la motivación del expediente sancionador.

No vale el mero automatismo para sancionar, como tantas veces sucede y de lo que se extraña el Alto Tribunal.

Por tanto, buena Sentencia