Varapalo del Tribunal Supremo a la voracidad recaudatoria de la Agencia Tributaria manifestada en la masiva imposición de sanciones tributarias.
La Sentencia de diciembre de 2017 recoge :
«la exigencia de motivación no se satisface con una larga exposición de hechos y resumen de alegatos, requiere un precioso , puntual y concreto análisis de la conducta del infractor…»
El mero quebrantamiento de la norma fiscal no implica la culpabilidad en el infractor, ni tan siquiera a título de negligencia. Es necesaria la presencia del elemento subjetivo en la culpabilidad, mediante la motivación del expediente sancionador.
No vale el mero automatismo para sancionar, como tantas veces sucede y de lo que se extraña el Alto Tribunal.
Por tanto, buena Sentencia
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